El tribunal condenó a una pena de tres años y un día al imputado, tras establecer su responsabilidad como autor de un delito de carácter sexual cometido contra una víctima menor de edad.
Durante la audiencia, se informó además que, junto con la condena, se estableció la prohibición del condenado de acercarse a la víctima por un período determinado, como parte de las medidas destinadas a resguardar su integridad.
Asimismo, el tribunal dispuso la incorporación de la condena al registro correspondiente de personas condenadas por delitos de carácter sexual, conforme a las disposiciones legales vigentes.
La resolución judicial establece de esta manera tanto la sanción penal como medidas de protección para la víctima, una vez acreditada la responsabilidad del condenado en los hechos investigados.













